CONDICIONES DE VENTA
SI USTED ES VENDEDOR:
Si usted desea poner a la venta una propiedad a través de nuestra agencia API, puede ponerse en contacto con nosotros a través del teléfono 972.75.07.70, por correo electrónico a la dirección
ventas@agenciarocamaura.com, o bien a través del formulario de nuestra página web.
Para formalizar la puesta en venta de su propiedad, en cumplimiento del artículo 55, núm. 5b, núm. 6 y núm. 7 de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre del derecho a la vivienda, antes de iniciar la oferta de un inmueble es obligatorio suscribir entre el agente inmobiliario y el propietario que encomiende la transacción de un inmueble (de aquí en adelante llamado "el cliente") una nota de encargo que habilite al primero a hacer oferta y publicidad, para percibir cantidades o para formalizar con terceros cualquier precontrato o contrato.
En la nota de encargo figurarán el precio de la oferta, los datos registrales, la referencia catastral de la finca, la duración del encargo y la retribución del agente (que consistirá en un importe fijo o un porcentaje sobre el precio de venta pactado entre el agente y el cliente).
El agente también estará obligado a verificar previa suscripción de cualquier documento con terceros, los datos facilitados por el cliente o su mandatario y la titularidad registral, cargas y gravámenes del bien inmueble.
Como vendedor, usted se comprometerá a liberar el inmueble que se transmita de cargas y gravámenes antes de firmar la escritura pública de compraventa, y a entregar la finca libre de ocupantes y arrendatarios y al corriente de pago de todos los impuestos, arbitrios y gastos comunitarios.
SI USTED ES COMPRADOR:
Para recibir información sobre una finca en venta de nuestra cartera de inmuebles, puede ponerse en contacto con nosotros a través del teléfono 972.75.07.70, por correo electrónico a la dirección
ventas@agenciarocamaura.com, o bien a través del formulario de nuestra página Web.
Para formalizar el compromiso de compra-venta de una finca se firmará un contrato privado entre la parte vendedora y la parte compradora en el que se especificarán todas las condiciones que regirán en la operación, el precio de la venta, y la manera en que el comprador entregará al vendedor la cantidad establecida.
En cumplimiento del artículo 60 de la Ley del derecho a la vivienda 18/2007, de 28 de diciembre, usted, como parte compradora será informado de los puntos siguientes:
- Agente que intervendrá en la transacción.
- El precio total de la transmisión, los impuestos que gravan la transmisión que legalmente correspondan al comprador (IVA, o Impuesto de Transmisiones Patrimoniales), y los demás gastos inherentes a la compra que le sean imputables (factura del notario, factura del Registro de la Propiedad, tramitación de documentación necesaria para la compraventa, contratación de suministros, gestiones de cambios de titular, etc.)
- Las condiciones económicas y financieras de la transmisión, especialmente la entrada inicial, la forma y los plazos de pago, las cantidades que se deberán depositar a cuenta, y las cantidades restantes a entregar según los plazos que se pacten entre la parte vendedora y la parte compradora.
- Identificación del inmueble objeto de la compraventa, con la expresión de su superficie útil y la de los anexos.
- Referencia catastral de la/s finca/as.
- Inscripción registral de la/s finca/as
- Cargas y gravámenes que puedan afectar al inmueble objeto de la operación.
- Afecciones de cualquier naturaleza que puedan afectar al inmueble objeto de la operación.
- Estado de ocupación del inmueble.
- Servicios e instalaciones individuales y comunes de los que dispone el inmueble.
- Para las viviendas en régimen de propiedad horizontal: Cuota de participación en la Comunidad de Propietarios.